Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación

UNIDAD DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA

Artículo 26. La Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación tiene a su cargo implementar, desarrollar, mejorar y mantener los sistemas de información y comunicación más adecuados para la Institución tomando en cuenta la evolución tecnológica, así como el mantenimiento, soporte técnico y asesoría informática.

Artículo 27. La Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación, a través de su Titular tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

I. Planear y someter a consideración del Auditor Superior, los proyectos en sistemas necesarios para el cumplimiento del Programa Anual de Actividades para el mejor desempeño de las atribuciones del OFS;

II. Desarrollar e implementar los programas, aplicaciones y sistemas informáticos que requieran las Unidades Administrativas del OFS y, en su caso, proponer la contratación de servicios externos complementarios en la materia;

III. Diseñar y proponer los lineamientos, directrices, políticas, metodología, criterios y procedimientos para regular la gestión informática y supervisar su correcta aplicación, en términos de la normatividad aplicable;
 
IV. Aplicar las normas y políticas en materia de informática, sistemas, comunicaciones, tecnologías y equipos del OFS;
 
V. Someter a consideración del Auditor Superior, los estudios para la optimización de la Plataforma Tecnológica del OFS, mediante la implementación, adquisición, ampliación o sustitución de los recursos informáticos; 
 
VI. Capacitar al personal del OFS para el manejo y operación de los programas, aplicaciones y sistemas informáticos;
 
VII. Desarrollar, implementar, dar mantenimiento y actualizar el Sitio de Internet e Intranet institucionales, coordinando su contenido con las Unidades
Administrativas del OFS;

VIII. Supervisar el óptimo funcionamiento de los programas, sistemas informáticos, de seguridad, vigilancia, telefonía, redes y, sitio de internet e Intranet del OFS;

IX. Coadyuvar en la sistematización de la información pública en materia de transparencia, protección de datos personales y archivos de las Unidades
Administrativas del OFS;

X. Implementar y ejecutar los programas de mantenimiento preventivo para garantizar el funcionamiento adecuado de los equipos y servicios tecnológicos;

XI. Proporcionar los servicios requeridos en las Unidades Administrativas del OFS en materia de sistemas, informática, redes y equipos; 

XII. Coordinar, vigilar, asesorar y dar seguimiento a las acciones necesarias para el correcto funcionamiento y registro del Sistema de Contabilidad Gubernamental en materia de armonización contable;

XIII. Asesorar y brindar apoyo técnico al personal del OFS, en materia de comunicación e informática, así como, del Sistema de Contabilidad Gubernamental y demás sistemas internos, y
 
XIV. Las demás que en el ámbito de su competencia le otorguen Leyes en la materia. 

 

 

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