Avisos de Privacidad

AVISOS DE PRIVACIDAD

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE TLAXCALA

Ley publicada en el Número 12 de la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 25 de marzo de 2026.

Artículo 11. El tratamiento de datos personales por parte del responsable deberá sujetarse a las facultades o atribuciones que la normatividad aplicable le confiera.

Artículo 12. Todo tratamiento de datos personales que efectúe el responsable deberá estar justificado por finalidades concretas, explícitas, lícitas y legítimas, relacionadas con las atribuciones que la normatividad aplicable les confiera.

Para efectos de la presente Ley se entenderá que las finalidades son:

I. Concretas: Cuando el tratamiento de los datos personales atiende a la consecución de fines específicos o determinados, sin que sea posible la existencia de finalidades genéricas que puedan generar confusión en el titular;

II. Explícitas: Cuando se expresan y dan a conocer de manera clara en el Aviso de Privacidad;

III. Lícitas: Cuando el tratamiento de los datos personales no se encuentra prohibido y se realiza conforme a las normas aplicables, y

IV. Legítimas: Cuando el tratamiento de los datos personales se realice con una finalidad válida, razonable y acorde con las funciones públicas del responsable, de modo que exista una justificación material y objetiva para dicho tratamiento.

El responsable podrá tratar datos personales para finalidades distintas a aquéllas establecidas en el Aviso de Privacidad, siempre y cuando cuente con atribuciones conferidas en la ley y medie el consentimiento (sic) Persona Titular, salvo que sea una persona reportada como desaparecida, en los términos previstos en la presente Ley y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia.

Artículo 24. El responsable deberá informar a la Persona Titular, a través del Aviso de Privacidad, la existencia y características principales del Tratamiento al que serán sometidos sus Datos Personales, a fin de que pueda tomar decisiones informadas al respecto.

 

El Aviso de Privacidad deberá ser difundido por los medios electrónicos y físicos con que cuente el responsable; asimismo, deberá ponerse a disposición en su modalidad simplificada.

Para que el Aviso de Privacidad cumpla de manera eficiente con su función de informar, deberá estar redactado y estructurado de manera clara y sencilla.

Artículo 25. El Aviso de Privacidad deberá contener, al menos, la siguiente información:

I. La denominación y el domicilio del responsable;

II. Los datos personales que serán sometidos a Tratamiento, identificando aquéllos que son sensibles;

III. El fundamento legal que faculta al responsable para llevar a cabo el Tratamiento;

IV. Las finalidades del Tratamiento para las cuales se obtienen los Datos Personales, distinguiendo aquéllas que requieren el Consentimiento de la persona titular;

V. Los mecanismos, medios y procedimientos disponibles para ejercer los Derechos ARCO;

VI. El domicilio de la Unidad de Transparencia;

VII. Cuando se realicen Transferencias de Datos Personales que requieran Consentimiento, se deberá informar:

a) Las autoridades, poderes, entidades, órganos y organismos gubernamentales de los tres órdenes de gobierno y las personas físicas o jurídicas colectivas de carácter privado nacionales o extranjeros, a las que se transfieren los Datos Personales, e

b) Las finalidades de estas transferencias;

VIII. Los mecanismos y medios disponibles para que la Persona Titular, en su caso, pueda manifestar su negativa para el tratamiento de sus datos personales para finalidades y Transferencias de Datos Personales que requieren el Consentimiento de la Persona Titular, y

IX. Los medios a través de los cuales el responsable comunicará a las personas titulares los cambios al Aviso de Privacidad.

Los mecanismos y medios a los que se refiere la fracción VIII de este artículo deberán estar disponibles para que la Persona Titular pueda manifestar su negativa al Tratamiento de sus Datos Personales para las finalidades o Transferencias que requierau (sic) su Consentimiento, previo a que ocurra dicho tratamiento.

 

Artículo 26. El Aviso de Privacidad en su modalidad simplificada deberá contener la información a que se refieren las fracciones I, IV, VII y VIII del artículo anterior y señalar el sitio donde se podrá consultar el Aviso de Privacidad Integral.

La puesta a disposición del Aviso de Privacidad a que refiere este artículo no exime al responsable de su obligación de proveer los mecanismos para que la Persona Titular pueda conocer el contenido integral del Aviso de Privacidad.

 

Artículo 27. El Responsable deberá poner a disposición de la Persona Titular el Aviso de Privacidad simplificado en los supuestos siguientes:

I. Cuando los Datos Personales se obtienen de manera directa de la Persona Titular, previo a la obtención de los mismos, y

II. Cuando los Datos Personales se obtienen de manera indirecta de la Persona Titular, previo al uso o aprovechamiento de éstos.

 

La puesta a disposición del Aviso de Privacidad a que refiere este artículo no exime a los responsables de su obligación de proveer los mecanismos para que la persona titular pueda conocer el contenido integral del Aviso de Privacidad.

 

Avisos    Integral Simplificado

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

   

 

AVISO DE PRIVACIDAD PARA LA INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES DE PERSONAL

 

AVISO DE PRIVACIDAD PARA PROVEEDORES DE BIENES Y/O SERVICIOS Y OBRA

  AVISO DE PRIVACIDAD PARA EL CONTROL DE ACCESO A LAS INSTALACIONES DEL OFS

AUDITORIA AL DESEMPEÑO

   

 

PARA LA INTEGRACIÓN DE BASES DE DATOS DE AUDITORÍA DE DESEMPEÑO

DIRECCIÓN DE AUDITORIA A ENTES MUNICIPALES

   

 

SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE EXPEDIENTES Y ACTAS DE AUDITORÍA A ENTES MUNICIPALES

 

DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES FUNCIONARIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS

   

 

DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS

 

DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

 

DEL RECURSO DE REVOCACIÓN

DIRECCIÓN DE AUDITORIA A ENTES ESTATALES

   

 

PARA LA VALIDACIÓN DE DATOS DE BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS SOCIALES EJECUTADOS CON RECURSOS PÚBLICOS

 

PARA COMPULSAS A PROVEEDORES DE BIENES Y/O SERVICIOS DE LOS ENTES FISCALIZABLES

 

PARA APLICACIÓN DE CUESTIONARIOS DE SERVICIOS PERSONALES A ENTES FISCALIZABLES

DIRECCIÓN TÉCNICA

   

 

DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA (SICE)

 

PARA EL REGISTRO DE PARTICIPANTES A CURSOS

 

PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES

 

DE LOS EXPEDIENTES DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA